lunes, 13 de octubre de 2014

semana 7

LA CONCILIACIÓN

La conciliación como mecanismo de solución de conflictos ínter subjetivos aplicada en el sistema jurídico colombiano, constituye un medio alternativo de administración de justicia y un instrumento eficaz para la descongestión de los despachos judiciales, a la vez que es una de las posibilidades que tiene la sociedad colombiana para repensar los valores que la construyen y la dinámica interaccional de quienes participan para fomentar la asunción de nuevas actitudes que favorezcan la convivencia pacífica. A partir de la metodología analítica descriptiva se logró detectar que a nivel gubernamental se implementó como política pública el acercamiento del ciudadano a la justicia, lo cual ha conllevado a fijar un programa nacional de conciliación en equidad y prácticas de justicia restaurativa y la creación de las casas de justicia. A nivel institucional la creación de los centros de conciliación en derecho. A nivel de resultados se estableció la obligatoriedad de la conciliación extra procesal como requisito de procedibilidad, generando más asuntos conciliados. 

CARACTERÍSTICAS DE LA CONCILIACIÓN

La conciliación esta caracterizada según la sentencia C-160 de 1999 por lo siguiente:
  • Una actividad preventiva
  • Mecanismo útil para la solución del problema
  • Instrumento de auto composición por la partes
  • Tiene el ámbito de ser negociada
  • Amplitud en la selección de criterios
  • eficiencia
  • alternatividad
  • Origen
  • Igualdad de las partes
  • Flexibilidad procedimental
PRINCIPIOS DE LA CONCILIACIÓN

  • EFICIENCIA: Es la facultad que tiene el conciliador para lograr el éxito dentro de un proceso
  • EFICACIA: El proceso debe ser activo y vigoroso para lograr un buen resultado
  • AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD: Las partes son libres de escoger el procesos que quieren llevar a cabo 
  • BUENA FE: Las partes deben actuar con lealtad
  • EQUIDAD: La solución debe ser justa y equitativa
  • IMPARCIALIDAD: El conciliador debe ser neutral
  • NEUTRALIDAD: No debe existir vínculos entre el conciliador y las partes
  • CELERIDAD:Debe dar pronta solución al conflicto
  • PRIVACIDAD: Los acuerdos no pueden ser divulgados
PROCEDIMIENTO DE LA CONCILIACIÓN

PRIMER PASO LA APERTURA:Se reúnen las partes y se explica como se va a desarrollar el procedimiento.

SEGUNDO PASO LA IDENTIFICACIÓN DEL CONFLICTO: Se escuchan las partes para que los mismos expongan las razones

TERCER PASO LA NEGOCIACIÓN: Las partes interactuan para resolver el conflicto

CUARTO PASO EL ACUERDO: Solución en la que llegaron las partes y se realiza un acta donde queda la constancia del proceso.


BIBLIOGRAFIA

conciliacion parte general. es.slideshare.net
Guia institucional de conciliacion civil. www.udea.edu.co


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